San Juan Comalapa no tiene Unidad de Información Pública

La municipalidad recibe las solicitudes, las tramita el juez de asuntos municipales. La ley obliga a tener esta oficina, aún así, la comuna no cumple.

Sección de información pública de oficio en la página web de la municipalidad.
Sección de información pública de oficio en la página web de la municipalidad. Imagen: Municipalidad.

Por German Carranza

La municipalidad de San Juan Comalapa, en Chimaltenango, no tiene una Unidad de Información Pública (UIP), a pesar de que la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) obliga a todas las comunas del país a contar con una. En su organigrama tampoco aparece.

Según la LAIP, las 340 municipalidades de Guatemala deben tener una UIP que oriente a los vecinos para pedir información pública. A pesar de ello, en esta comuna no existe. Desde la Asociación Nacional de Municipalidades (Anam) recuerdan que cumplir con esa obligación es parte de la ley.

El Juzgado Municipal recibe las solicitudes

En la comuna, el trámite empieza con la recepcionista. Ella pregunta por el tipo de gestión a realizar y guía a los vecinos hacia la oficina correspondiente. Si alguien pide información pública, lo lleva a una habitación que reúne cinco oficinas en un solo espacio. Una de ellas es la del Juzgado Municipal, donde se realizan las solicitudes. 

Ahí trabaja José Ángel Cuxil Tuyúc, juez de asuntos municipales. Él recibe las solicitudes. A un lado de su escritorio hay una silla plástica donde los vecinos se sientan para llenar el formulario.

Ojoconmipisto hizo una solicitud durante una visita. Al preguntarle si él encabeza la Unidad de Información, respondió: “Depende”. Dijo que solo recibe solicitudes y que la información publicada en la web la gestiona otra de sus compañeras.

Cuando se pidió que la respuesta fuera enviada por correo electrónico, Cuxil explicó que no es el encargado de entregarla. Esa tarea le corresponde a la oficina que tiene la información. 

El juez de asuntos municipales recibe las solicitudes, las tramita y las traslada a las oficinas, de ahí, se aparta del proceso. 

Sobre la información pública de oficio (la que debe estar disponible y actualizada), Cuxil dijo que no tienen una versión física. La única forma de acceder a esos datos es por medio de una solicitud, aunque el artículo 10 de la LAIP establece que esta información puede ser consultada de manera directa o a través de los portales electrónicos

Lo poco que hay en la web está desactualizado

La municipalidad de Comalapa pública 11 de los 29 numerales obligatorios de información pública de oficio en su sitio web. El directorio de empleados es de 2024. No hay datos actualizados de 2025.

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Lo único que aparece este año es el Plan Operativo Anual (POA) y algunos contratos administrativos. Las remuneraciones, por ejemplo, no están disponibles.

El sitio web solo tiene un número de teléfono y un correo electrónico, que pertenece al área de compras.

Si alguien llama, contesta la recepcionista. Al preguntarle por la UIP, dice que no hay otra extensión. Es el único teléfono que existe en la municipalidad. 

Al preguntar por el procedimiento, dijo que haría la consulta y que nos comunicáramos de nuevo. Al devolver la llamada, proporcionó un correo e informó que la solicitud le llegaría a la secretaria del alcalde, que es donde reciben las solicitudes electrónicas. 

Al llamar para corroborar que se recibió la solicitud, la secretaría se negó a responder de recibido, dijo que tienen que esperar los 10 días hábiles estipulados en la LAIP. 

En todo el proceso, la municipalidad no cumple con una de sus obligaciones establecidas en el artículo 20. Por ejemplo, no se puede acceder a una orientación por parte de la UIP para que el vecino sepa cómo solicitar la información. La solicitud tampoco se puede realizar de manera verbal, que es uno de los procedimientos regulados en el artículo 38 de la LAIP. 

Solo el 13 % de las supervisiones de la Secai fueron físicas

En la primera supervisión de 2024, San Juan Comalapa obtuvo un nivel de cumplimiento deficiente, su calificación fue de 40.54. En la segunda, la comuna no mejoró, es más, continuó siendo deficiente, pero ahora con una nota de 23.75.  

Ese año, la Secretaría de Acceso a la Información Pública (Secai) realizó 1 mil 432 supervisiones. De ellas, 180 fueron presenciales, es decir, visitas físicas a las UIP. El resto fueron revisión de portales electrónicos.

Según Ricardo Efrén Chacón García encargado de la Secai, “en caso de una supervisión in situ, al momento de emitir el informe, se solicita como acción a corto plazo la implementación de una UIP”.

Te compartimos: Más de la mitad de las alcaldías son deficientes en acceso a la información

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