Guatemala, Sacatepéquez y Santa Rosa reportan casos de coronavirus

Para evitar mayores contagios, el gobierno impuso toque de queda de 16:00 a 4:00 horas del día siguiente, a partir del domingo 22 al 29.

Alejandro Giammattei dio lectura al decreto previo a pedirle a su gabinete la firma.

 

Por Ojoconmipisto

 

El ministerio de Salud confirmó 14 casos de coronavirus en el departamento de Guatemala, dos en Sacatepéquez y uno en Santa Rosa, para un total de 17 al  21 de marzo. El dato incluye a la persona de 84 años que falleció por la enfermedad.

Esto llevó al gobierno a prohibir la circulación de personas y vehículos de 16:00 a 4:00 horas del día siguiente, a partir del domingo 22 al domingo 29. Así como pedir a las industrias un cierre voluntario de actividades a partir del lunes 23 hasta el martes 31, con miras a retomar actividades a partir del 1 de abril, si la situación de salud lo permite.

En el caso de los mercados cantonales y municipales podrán funcionar de 4:00 a 12:00 horas.

Lea aquí las Disposiciones presidenciales en caso de calamidad pública y órdenes para el estricto cumplimiento, para conocer que industrias y servicios funcionarán durante este periodo.

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Considerando

 

El presidente Alejandro Giammattei y su gabinete suscribieron el Decreto 6-2020 la noche del sábado 22. La norma cobró vigencia de inmediato y fue publicada en el Diario de Centro América el domingo.

Este decreto modifica lo establecido en el anterior (5-2020) y prohibe la circulación de personas y vehículos de 16:00 a 4:00 horas del día siguiente, a partir del domingo 22 al domingo 29. Esta medida puede ser ampliada.

La Policía Municipal y la Policía Municipal de Tránsito de cada municipio deberán velar por el cumplimiento de esta orden. Quienes incumplan serán sancionados.

Anuncia que establecerá precios mínimos y máximos para aquellos productos relacionados con la atención de coronavirus, así como evitar el acaparamiento.

Ordena a la Academia de Lenguas Mayas traducir en los idiomas mayas, garífuna y xinca los decretos 5-2020 y 6-2020, y divulgarlos, al igual que los medios de comunicación que circulan en lugares donde se hablan. No hacerlo es sinónimo de sanciones.

Aquí puede leer el texto completo: Decreto Gubernativo 6-2020

 

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