La ley incluye a las comunas como mediadoras y autoridades que pueden decomisar animales maltratados. La tarea se puede ver frustrada por falta de recursos económicos.
Por Pilar Rodríguez
A partir de un video en redes sociales resurgió la conversación sobre las responsabilidades estatales (y municipales) sobre el maltrato animal. En Flores, Petén, una mujer y una niña fueron grabadas cuando agredían con un palo a un perro amarrado hasta dejarlo inconsciente.
La Ley de Protección y Bienestar Animal propone a las comunas como autoridades competentes para decomisar animales maltratados, también como entes capaces de recibir denuncias. Pero no siempre lo incluyen en su presupuesto por falta de recursos.
Sebastián Siero, alcalde de Santa Catarina Pinula, y Luis Linares, concuerdan en que esta labor se puede ver frustrada por la falta de presupuesto para incluso cumplir con las necesidades primordiales de un municipio. Puede ser una tarea difícil, más para las comunas pequeñas con pocos recursos.
Es difícil priorizar
Según Linares, analista municipal, es difícil que las comunas se encarguen de velar por el bienestar de los animales en situaciones de precariedad.
Sin embargo, existen municipalidades como Santa Catarina Pinula, que tiene su propio albergue de animales y realizan ferias de adopción con frecuencia. El alcalde, Siero, asegura que al recibir las denuncias estas se trasladan a la Unidad de Bienestar Animal (UBA) y al juzgado municipal. Reciben aproximadamente 25 denuncias al año, contabiliza.
Se consultó al jefe edil sobre las capacitaciones de la unidad hacia el municipio, a esto respondió que, por cambios de personal ya no se firmó el convenio planificado.
El funcionario concuerda con la perspectiva de Linares: no todas las municipalidades pueden priorizar este aspecto, depende de las capacidades de sus presupuestos. En la actualidad Santa Catarina Pinula destina Q590 mil de su presupuesto anual a este rubro.
Existen normas
El decreto 5-2017, la Ley de Protección y Bienestar Animal, incluye a las municipalidades en varios aspectos de las acciones que deben tomar las autoridades en un caso de abuso.
Por ejemplo, el artículo 47 de la norma establece que la Policía Nacional Civil y las autoridades municipales podrán rescatar y retener preventivamente en forma inmediata a cualquier animal que sea víctima de las conductas de maltrato o crueldad.
Además, las comunas pueden recibir denuncias y ser capacitadas por la Unidad de Bienestar Animal.
Tenemos esta nota: Esto pueden hacer las municipalidades contra el maltrato animal en Guatemala
La experiencia desde adentro
Suzanne Rivera, Directora de Asociación de Amigos de los Animales (Ama), dio una entrevista a Ojoconmipisto en la que contó que los problemas para realizar denuncias no solo se encuentran en la falta de capacidad de las comunas, también están en la UBA.
Los resultados al denunciar en la Unidad son pocos, asegura. “Por lo menos, en la administración anterior estas se acumulaban, no hacían nada”.
Uno de los factores para ser tomado en cuenta, se deben brindar pruebas, algo que no siempre le es posible para quien denuncia. Pese a todo esto, la Unidad es la entidad a la que más se acercan quienes presencian maltrato animal, según Suzanne.
Los vecinos de Guatemala también pueden abocarse a la Dirección de Bienestar Animal de la Municipalidad de Guatemala para alertas de abusos. Ama no atiende decomisos ni denuncias, pero de igual manera redirige a quienes buscan su ayuda a estas dos entidades.