Estas son las 32 municipalidades que aún no completan su corporación municipal

Consulta acá el municipio y el puesto vacante de sus concejos municipales porque los cargos no fueron acreditados.

Centro de votación ubicado en de Los Arcos, zona 13, durante las elecciones de junio 2023. Foto: Ojoconmipisto.

Por Paula Carranza

El 15 de enero de 2024 tomarán posesión los 340 concejos municipales presididos por los alcaldes. Sus integrantes ocuparán distintos cargos durante los próximos cuatro años (2024 -2028), pero 32 municipalidades aún cuentan con puestos vacantes

Esta situación ocurre en municipios como San Marcos La Laguna, Mixco, Patulul u Ocós donde se desconoce quiénes ocuparán los puestos de síndicos suplentes y concejales. Será el Tribunal Supremo Electoral el que identifique a los nuevos integrantes a solicitud de las municipalidades.

Consulte aquí los municipios con cargos pendientes 

Según el artículo 206 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP), la integración de las corporaciones municipales se calcula según el número de habitantes. Por esta razón, no todas las alcaldías cuentan con la misma cantidad de representantes. 

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Qué pasará con estos puestos

Luis Gerardo Ramírez, vocero del Tribunal Supremo Electoral (TSE) explicó que la respuesta la tendrían las juntas electorales municipales. Se les contactó a los números oficiales, pero no hubo respuesta. 

La Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP) en el artículo 206 dice que: “al producirse la vacante, los concejales titulares deberán correrse en su orden de adjudicación. Si por cualquier razón no hubiera suplente para llenar un cargo vacante, se considera como tal a quien figure a continuación del que debe ser sustituido en la planilla de la respectiva organización política y así sucesivamente, hasta integrar el Concejo”.

“Si en la forma anterior no fuere posible llenar la vacante, se llamará como suplente a quien habiendo sido postulado como concejal o síndico en la respectiva elección, figure en la planilla que haya obtenido el mayor número de votos, entre los disponibles. En ambos casos, el Tribunal Supremo Electoral resolverá las adjudicaciones y acreditará a quien corresponda” explica dicha ley.

Conoce aquí las funciones que desempeña un síndico:

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