Corte de Constitucionalidad resuelve que el reglamento para gestión de residuos entrará en vigencia

La CC emitió una resolución definitiva con respecto a la responsabilidad de las municipalidades sobre la gestión de Residuos y Desechos Sólidos.

Sebastián Siero, actual presidente de la Anam y alcalde de Santa Catarina Pinula. Créditos: Facebook.
Sebastián Siero, actual presidente de la Anam y alcalde de Santa Catarina Pinula. Créditos: Facebook.

Por Jimena Porres

La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió no suspender los artículos 1, 12, 13, 49, 52, 53 y 54 del Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos Comunes contenido en el Acuerdo Gubernativo 164-2021.

Según la ministra de Ambiente y Recursos Naturales, Patricia Orantes, esta es una resolución provisional. La CC otorgará audiencia a la Fiscalía de Asuntos Constitucionales del Ministerio Público y a la Presidencia de la República para escuchar a ambas partes. El MARN no fue invitado a ninguna audiencia.

El reglamento en cuestión entrará en vigencia el 11 de febrero de 2025. Es decir, en esa fecha todos deben clasificar los desechos.

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Te recordamos esta nota: Prepárense: en un año deberemos separar nuestros desechos

La Asociación Nacional de Municipalidades (Anam) presentó una inconstitucionalidad para dejar sin efecto los siete artículos del reglamento que le otorgan responsabilidades a las municipalidades sobre la separación de desechos sólidos y su tratamiento. También tendrán que construir las plantas de tratamiento de aguas negras y residuales, así como las plantas de desechos sólidos. 

Las principales reformas que plantean son la clasificación primaria de desechos (orgánico e inorgánico), que deberá hacerse durante los primeros dos años de vigencia como mínimo. Luego se implementará la clasificación secundaria (papel, cartón, vidrio, plástico, metal, multicapa y otros) a partir de la conclusión del período de dos años. 

Los magistrados Leyla Susana Lemus Arriaga, Roberto Molina Barreto, Héctor Hugo Pérez Aguilera, Abraham Saúl Ortíz  Méndez, Rony Eulalio López Contreras y Juan José Samayoa Villatoro votaron para que no se decretara la suspensión provisional. Las magistradas Dina Josefina Ochoa Escribá y Claudia Elizabeth Paniagua Pérez manifestaron votos disidentes que buscaban apoyar la suspensión.

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